Programa de Restauración y Compensación Ambiental

El Programa de Restauración y Compensación Ambiental tiene como objetivos principales llevar a cabo acciones tendientes a la restauración o recuperación de ecosistemas y recursos naturales de nuestro país, que por diversas causas fueron dañados o están deteriorados; así como apoyar el desarrollo de actividades encaminadas a la conservación directa a través del manejo y protección de los ecosistemas y su biodiversidad, incluyendo su uso sostenible. Lo anterior se consigue a través del apoyo a proyectos o programas dirigidos a estos fines, de acuerdo con las Líneas Temáticas y Prioridades generales, establecidas para el Programa.

Este Programa se instauró en septiembre de 2003, con la firma de un convenio de cooperación entre la CONABIO y PROFEPA. Los recursos con los que cuenta provienen de convenios administrativos que por acuerdo de voluntades se suscribieron entre la autoridad (PROFEPA) y un particular, a petición de este último, para realizar acciones de restauración y/o compensación de daños ambientales, para corregir irregularidades en el cumplimiento de la normatividad ambiental. Todo esto tiene un sustento legal.

Los recursos financieros son de dos tipos: a) los que deberán aplicarse a acciones específicas de restauración de un cierto daño ambiental, previamente determinadas, comprometidas entre quienes aportan los recursos y la PROFEPA y b) aquellos que no tienen un destino específico y que deben dedicarse a acciones y medidas de compensación por daños a recursos naturales, que sean obras de interés público relacionados con la conservación, uso sustentable, restauración y protección o para el conocimiento de la biodiversidad. En ocasiones, estos recursos deben aplicarse en alguna región previamente establecida.

Estos fondos son administrados por la CONABIO a través del Fideicomiso Fondo para la Biodiversidad. Para que sean utilizados de manera que se logre un mayor beneficio para los recursos naturales y así se compensen los daños sufridos, se conformó un Consejo Asesor que tiene entre sus tareas principales establecer las Líneas Temáticas, Prioridades y bases para el ejercicio de los recursos, tomando en cuenta las necesidades en materia de restauración y conservación, señaladas tanto por el sector gubernamental como por el social y por la comunidad académica que aporta sustento sólido a las acciones que se realicen.

El Consejo Asesor, está integrado por los titulares de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO), del Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC), de la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), y de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP); así como de un representante de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

El objetivo del Programa de Restauración y Compensación Ambiental es restaurar y conservar los ecosistemas y recursos naturales de nuestro país y llevar a cabo otras obras de carácter ambiental que sean de interés y beneficio público, mediante el apoyo financiero a proyectos que estén orientados a ese fin, de acuerdo con las Líneas Temáticas establecidas.

Los recursos que recibe el Programa de Restauración y Compensación Ambiental de convenios administrativos que firma la PROFEPA con particulares, a iniciativa de éstos; tienen su fundamento legal en lo siguiente:

Ley General del Equilibrio Ecológico y de Protección al Ambiente (artículos 168, 169, 203)

Artículo 168.- Una vez recibidos los alegatos o transcurrido el término para presentarlos, la Secretaría procederá, dentro de los veinte días siguientes, a dictar por escrito la resolución respectiva, misma que se notificará al interesado, personalmente o por correo certificado con acuse de recibo.

Durante el procedimiento y antes de que se dicte resolución, el interesado y la Secretaría, a petición del primero, podrán convenir la realización de las acciones de restauración o compensación de daños necesarias para la corrección de las presuntas irregularidades observadas. La instrumentación y evaluación de dicho convenio, se llevará a cabo en los términos del artículo 169 de esta Ley.

Artículo 169.- En la resolución administrativa correspondiente, se señalarán o, en su caso, adicionarán, las medidas que deberán llevarse a cabo para corregir las deficiencias o irregularidades observadas, el plazo otorgado al infractor para satisfacerlas y las sanciones a que se hubiere hecho acreedor conforme a las disposiciones aplicables.

Dentro de los cinco días hábiles que sigan al vencimiento del plazo otorgado al infractor para subsanar las deficiencias o irregularidades observadas, éste deberá comunicar por escrito y en forma detallada a la autoridad ordenadora, haber dado cumplimiento a las ordenadas en los términos del requerimiento respectivo.

Cuando se trate de segunda o posterior inspección para verificar el cumplimiento de requerimiento o requerimientos anteriores, y del acta correspondiente se desprenda que no se ha dado cumplimiento a las medidas previamente ordenadas, la autoridad competente podrá imponer además de la sanción o sanciones que procedan conforme al Artículo 171 de esta Ley, una multa adicional que no exceda de los límites máximos señalados de dicho precepto.

En los casos en que el infractor realice las medidas correctivas o de urgente aplicación o subsane las irregularidades detectadas, en los plazos ordenados por la secretaría, siempre y cuando el infractor no sea reincidente, y no se trate de alguno de los previstos en el Artículo 170 de esta Ley, ésta podrá revocar o modificar la sanción o sanciones impuestas.

En los casos en que proceda, la autoridad federal hará del conocimiento del ministerio público la realización de actos u omisiones constatados en el ejercicio de sus facultades que pudieran configurar uno o más delitos.

Artículo 203.- Sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que procedan, toda persona que contamine o deteriore el ambiente o afecte los recursos naturales o la responsable y estará obligada a reparar los daños causados, de conformidad con la legislación civil aplicable. El término para demandar la responsabilidad ambiental, será de cinco años contados a partir del momento en que se produzca el acto, hecho u omisión correspondiente.

Ley Federal de Procedimiento Administrativo (artículo 57 fracción VI)

Artículo 57.- Ponen fin al procedimiento administrativo:

  1. La resolución del mismo;
  2. El desistimiento;
  3. La renuncia al derecho en que se funde la solicitud, cuando tal renuncia no esté prohibida por el ordenamiento jurídico.
  4. La declaración de caducidad;
  5. La imposibilidad material de continuarlo por causas sobrevenidas, y
  6. El convenio de las partes, siempre y cuando no sea contrario al ordenamiento jurídico ni verse sobre materias que no sean susceptibles de transacción, y tengan por objeto satisfacer el interés público, con el alcance, efectos y régimen jurídico específico que en cada caso prevea a disposición que lo regula.

logotipos de instituciones participantes en el programa de restauración y compensación ambiental

El Consejo Asesor del Programa de Restauración y Compensación Ambiental, está formado por los titulares del INECC, la CONANP, la CONAFOR, la CONABIO y un representante de la UNAM.

  • Dra. María Ampara Martínez Arroyo
  • Biól. Roberto Aviña Carlín
  • Ing. León Jorge Castaños
  • Dr. José Sarukhán Kermez
  • Dr. Constantino Macías García

El apoyo a proyectos del Programa de Restauración y Compensación Ambiental se hará con base en las Líneas Temáticas y las Prioridades Generales establecidas por su Consejo Asesor.

  1. RestauraciónActividades encaminadas a favorecer la recuperación y restitución de ecosistemas, hábitat o especies que han sido degradados, dañados o destruidos de manera directa o indirecta

    A1. Acciones de restauración, recuperación, reforestación o remediación en áreas dañadas
    A2. Reintroducción de especies desaparecidas o extirpación de especies invasoras
    A3. Estudios que aporten sustento a las acciones de restauración (inventarios biológicos, estudios ecológicos, socioeconómicos, etc.)
    A4. Monitoreo de las acciones de restauración a corto y largo plazo

  2. Conservación Actividades encaminadas a la conservación directa a través del manejo y protección de los ecosistemas y su biodiversidad incluyendo su uso sostenible

    B1. Protección, seguridad y obras de prevención
    B2. Obras de carácter ambiental que sean de interés y beneficio para los habitantes de zonas dañadas y aledañas
    B2. Obras de carácter ambiental que sean de interés y beneficio para los habitantes de zonas dañadas y aledañas
    B3. Educación ambiental (publicaciones, guías ilustradas, señalización, infraestructura de ANPs, etc.)
    B4. Compra de tierra y pago de servidumbre ecológica (tierras frágiles y zonas núcleo)
    B5. Desarrollo comunitario, aprovechamiento sustentable, mercados verdes
    B6. Estudios que aporten sustento a las acciones de conservación (inventarios biológicos, estudios ecológicos, socioeconómicos, etc.)
    B7. Monitoreo de poblaciones y áreas naturales a corto y largo plazo

  3. Contingencias ambientales

    Acciones necesarias ante un riesgo inminente derivado de actividades humanas o de fenómenos naturales, que pueden poner en peligro la integridad y el equilibrio de un ecosistema.

El apoyo a proyectos del Programa de Restauración y Compensación Ambiental se hará con base en las siguientes Prioridades Generales dentro de las Líneas Temáticas, establecidas por su Consejo Asesor.

  1. Zonas dañadas y aledañas motivo de los convenios administrativos
  2. Áreas Naturales Protegidas, Regiones Prioritarias para la Conservación (terrestres, marinas e hidrológicas) y AICAS
  3. Especies incluidas en la NOM-ECOL-059-2001, en el PREP y las mexicanas en CITES
  4. Reforzamiento de actividades de protección y conservación de PROFEPA, CONANP y CONAFOR
  5. Áreas estatales de protección y Áreas críticas y prioritarias de atención para la PROFEPA

El Programa de Restauración y Compensación cuenta con recursos financieros de dos tipos, provenientes de los convenios administrativos suscritos por PROFEPA:

  1. Con destino claramente predeterminado. Deberán aplicarse a acciones específicas de restauración de daños a recursos naturales, que se establecen en proyectos previamente determinados, comprometidas entre quienes aportan los recursos y la PROFEPA.
  2. Sin destino específico predeterminado. Deben dedicarse a acciones y medidas de compensación por daños ambientales, que sean obras de interés público relacionados con la conservación, uso sustentable, restauración y protección. Este tipo de recursos puede tener una delimitación geográfica para su utilización, que generalmente se refiere a la zona que fue dañada, áreas aledañas o de influencia.

En el siguiente cuadro se muestra una relación de los Convenios administrativos suscritos por la PROFEPA y de los recursos financieros que han ingresado al Fideicomiso Fondo para la Biodiversidad para el Programa de Restauración y Compensación Ambiental. De acuerdo con lo establecido en el Convenio de colaboración suscrito entre PROFEPA y CONABIO, un 5% de los recursos recibidos se destina a cubrir gastos administrativos de la CONABIO, relacionados con el Programa; a las cantidades indicadas en el cuadro, ya se les descontó ese porcentaje:

Acciones de compensación

   

Convenio administrativo PROFEPA con.....

Monto
(pesos)

Monto
(dólares)

Comercial Chemax, S.A. de C.V.
Hotel Riu Palace Las Américas
 

2,850,000

Solar Chaca, S.A. de C.V.
Hotel Riu Cancún
 

475,000

Promotora de parques acuáticos, S.A. de C.V.
(Inmobiliaria Propac Cancún, S.A. De C.V.)
Daños ambientales causados por la realización del proyecto Club recreativo y de playa Palancar

103,669

 
PEMEX Refinación
Nuevo oleoducto de 24" de diámetro Nuevo Teapa - Poza Rica - Cd. Madero-Cadereyta; tramo 2: Mazumiapan - El Tejar; tramo 3: El Tejar - Emilio Carranza; tramo 4: Emilio Carranza - Poza Rica y tramo 7-11: Cd. Madero-Cadereyta.

2,073,375

 
PEMEX Refinación
Ampliación del poliducto de 12" de diámetro nominal Cadereyta-Reynosa-Matamoros, en el tramo terminal de Matamoros-Frontera de EEUU de 10" diámetro nominal de 17 Km.

2,073,375

 
Ecológica Laguna Azul, S.A. de C.V.
Daños ambientales causados por la realización y construcción de obras del proyecto Parque Ecoturístico Tres Ríos

760,000

 
PEMEX - PEP
Daños y afectaciones ambientales generados por el desarrollo del Proyecto Integral Cuenca de Burgos, en los estados de Nuevo León, Tamaulipas y con implicaciones en Coahuila

37,907,052

 
PEMEX - PEP
Daños y afectaciones ambientales generados por el desarrollo del Proyecto Integral Cuenca de Burgos, en los estados de Nuevo León, Tamaulipas y con implicaciones en Coahuila

4,292,803

 
Promotora Turística, S.A. de C.V.
Incumplimiento a la normatividad ambiental causados por la realización y construcción del proyecto denominado Hotel Royal Playa Real

570,000

 
Promotora Xel-Ha, S.A. de C.V. , Fideicomisaria en el Fideicomiso el Garrafón
Daños causados por la realización de los proyectos parque ecológico Garrafón, Isla Mujeres, Quintana Roo, obras de mantenimiento y conservación de la zona conocida como punta sur de Isla Mujeres, establecimiento de arrecifes artificiales y museo submarino en el parque nacional costa occidental de Isla Mujeres punta Cancún y punta Nizuc, área el garrafón, estructuras marinas y Puente punta sur

1,036,688

 
Promotora Xcaret, S.A. de C.V.
Daños causados por la realización del proyecto obras e instalaciones del parque Arqueológico Xcaret

2,073,375

 
     
Acciones de restauración    

Convenio administrativo PROFEPA con.....

Monto
($)

Monto
(dólares)

Pemex Refinación A
Daños causados por el buque tanque Lázaro Cárdenas II de PEMEX Refinación, en la zona arrecifal de la Isla del Espíritu Santo, Mpio. de La Paz, Baja California Sur

5,974,056

 
Pemex Refinación B
Daños causados por el buque tanque Lázaro Cárdenas II de PEMEX Refinación, en la zona arrecifal de la Isla del Espíritu Santo, Mpio. de La Paz, Baja California Sur

298,703

 
PEMEX Refinación
Nuevo oleoducto de 24" de diámetro Nuevo Teapa - Poza Rica - Cd. Madero-Cadereyta; tramo 2: Mazumiapan - El Tejar; tramo 3: El Tejar - Emilio Carranza; tramo 4: Emilio Carranza - Poza Rica y tramo 7-11: Cd. Madero-Cadereyta

7,481,250

 
PEMEX Refinación
Ampliación del poliducto de 12" de diámetro nominal Cadereyta-Reynosa-Matamoros, en el tramo terminal de Matamoros-Frontera de EEUU de 10" diámetro nominal de 17 Km.

621,775

 
PEMEX - PEP
Daños y afectaciones ambientales generados por el desarrollo del Proyecto Integral Cuenca de Burgos, en los estados de Nuevo León, Tamaulipas y con implicaciones en Coahuila

35,123,400

 
     
     
Acciones de restauración y compensación    

Convenio administrativo PROFEPA con.....

Monto
($)

Monto
(dólares)

Oceanografía - B
Daños causados por la embarcación Paula Kay de la empresa Oceanografía, SA de CV al arrecife Bajos de en medio de Tuxpan, Ver
 

24,700

Oceanografía - A
Daños causados por la embarcación Paula Kay de la empresa Oceanografía, SA de CV al arrecife Bajos de Tuxpan, Ver
 

336,281

Rafael Ortíz de Zárate Ocampo
Daños causados por la embarcación Kriola al arrecife Isla Verde, Ver
 

1,496

Mc- Reederei GMBH&CO MS Rubin KG
Daños causados por la embarcación Rubin al arrecife Pájaros, Ver
 

1,140,000

2. Lineamientos para presentar proyectos

Los proyectos que se propongan al Programa de Restauración y Compensación Ambiental de la CONABIO deberán presentarse de acuerdo con las bases o indicaciones señaladas en las convocatorias o invitaciones correspondientes y cumplir con los lineamientos aplicables.

Lineamientos para la utilización de los recursos asignados a la atención de contingencias ambientales. (pdf)

Instructivo para presentar proyectos (pdf)

Instructivo para presentar proyectos al Programa de Restauración y Compensación Ambiental de la DGP

2013

Convocatoria para presentar proyectos enfocados a elaborar diagnósticos sobre el estado de las invasiones biológicas de especies exóticas y propuestas para su manejo, dentro de regiones prioritarias para la conservación (cerrada)

Convocatoria para presentar proyectos enfocados a realizar inventarios faunísticos y florísticos en dos humedales de importancia para la CONABIO (cerrada)

Convocatoria para presentar proyectos enfocados a la elaboración de programas de monitoreo de la estructura de la comunidad de manglar y su caracterización ambiental en México (cerrada)

2011

Convocatoria para presentar propuestas dirigidas a la ejecución de acciones que incidan de manera directa en la restauración de las funciones ecológicas de arrecifes de coral en México (cerrada)


2010

Términos de referencia de la invitación para presentar proyectos para llevar a cabo una evaluación sobre el impacto y logros alcanzados en restauración y conservación ambiental, de los proyectos financiados a través del Programa de Restauración y Compensación Ambiental de la CONABIO (cerrada)

2009

Convocatoria para presentar propuestas encaminadas a la rehabilitación o restauración de los humedales de México. (cerrada)

2008

Convocatoria para presentar propuestas encaminadas a la rehabilitación de las funciones ecológicas en humedales prioritarios de México. (cerrada)

2007

Convocatoria para presentar programas de monitoreo de manglares en México (cerrada)

Convocatoria para presentar propuestas dirigidas a la realización de obras y acciones encaminadas a la rehabilitación ecológica de la Laguna Bojórquez de Cancún, Quintana Roo (cerrada)

2006

Invitación para presentar propuestas encaminadas a la rehabilitación de las funciones ecológicas en algunos humedales costeros del estado de Veracruz (cerrada)

Convocatoria para presentar propuestas encaminadas a la rehabilitación de las funciones ecológicas en algunos humedales costeros del estado de Veracruz (cerrada)

Convocatoria para presentar propuestas dirigidas a la realización de obras y acciones encaminadas a la rehabilitación ecológica de la Laguna Bojórquez de Cancún, Quintana Roo (cerrada)

2005

Convocatoria para presentar proyectos para elaborar e implementar planes de monitoreo a largo plazo en los principales sistemas arrecifales del Golfo y Caribe mexicanos localizados dentro de Áreas Naturales Protegidas  (cerrada)

Primera invitación de 2005 para presentar proyectos relativos a la ecología de guacamaya verde (Ara militaris) en la Reserva de la Biosfera Tehuacán-Cuicatlán (cerrada)

2004

- 1ª. Convocatoria, 2004. Cuenca de Burgos (cerrada)

4. Proyectos apoyados

4.1 Programas de restauración y Compensación Ambiental

4.2 Restauración ecológica

4.3 Contingencia Ambiental

Actualizado en: 03/12/2019 - 21:26hrs.