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Inicio - Usos - Mezcales - Denominaciones de origen



Es el nombre de una región geográfica del país que sirve para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o características se deben exclusivamente al medio geográfico, comprendiendo en éste los factores naturales y humanos.

Las declaratorias generales de protección a las denominaciones de origen son emitidas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF); y señalan el producto y el territorio.

Las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) son emitidas por la Secretaría de Economía y publicadas en el DOF; especifican la materia prima, procedimiento de fabricación y etiquetado, entre otros.  La leyenda 100% en la etiqueta señala que el destilado está elaborado exclusivamente con la materia prima indicada. Si no se presenta, se trata de un producto mixto que contiene otros azúcares en el porcentaje admitido dentro de la NOM.

Con una oferta y un consumo diversificados que multipliquen los nichos de mercado para los mezcales, podremos extender la apreciación de los mezcales a los paisajes magueyeros diversos y a la vida de las comunidades que los manejan.

Para adoptar una definición conjunta en el concepto de denominaciones de origen y crear una Unión particular para su protección y registro internacional, se constituye el Acuerdo de Lisboa de 1958.  Las Denominaciones de Origen según la Organización Mundial de Comercio se ubican dentro de un gran grupo conocido como Indicaciones Geográficas, de las cuales los vinos y bebidas espirituosas siguen los acuerdos de la OMC: ADPIC, capítulo 23.  La historia de las Denominaciones de Origen en México comienza con el Acuerdo de Lisboa de 1958, siendo este país uno de los seis signatarios. Lejos de la tradición de las Denominaciones de Origen México desarrolló lentamente el concepto en América Latina a partir del modelo del tequila para emitir su primera ley en 1972 reconociendo la protección de la Denominación de Origen Tequila.

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